Con anterioridad hemos abordado el tema del consumo lúdico de la mariguana en México, sin embargo, al ser un tema en desarrollo siempre es importante estar actualizado sobre las noticias que van aconteciendo semana tras semana.
Recientemente, el 30 de junio de 2021, la Suprema Corte de Justicia emitió una declaratoria general de inconstitucionalidad sobre los artículos que prohíben el uso lúdico/recreativo del cannabis, es decir, terminando con la penalización de la conocida planta.
Tras esta noticia, hubo un gran revuelo, tal y como es común al tratarse de estos temas. Marchas, posts, demostraciones, memes, videos e imágenes fueron publicadas, todos bajo el grito repetitivo y algo manchado de “¡Ya es legal!”, mismo que ha sido desmentido en ocasiones anteriores.
Entonces, ¿ya es legal o los abogados volverán a destruir los sueños de los fanáticos de El Tri?
Para responder, necesitamos entender cuál era la situación legal previa de la mariguana, es decir, entender el porqué de su ilegalidad.
Con anterioridad, la Ley General de Salud, en su artículo 479 consideraba que la posesión de una cantidad mayor a cinco gramos de mariguana (Cannabis Sativa) se considera narcomenudeo o narcotráfico, según las cantidades que se posean.
Es decir, teóricamente, poseer menos de cinco gramos de mariguana no era constituyente de ningún delito, ni siquiera antes de la fiebre cannábica que hemos vivido en años recientes.
Sin embargo, en años recientes, la Suprema Corte de Justicia, así como el Poder Judicial Federal han expuesto y dictado sentencias que buscan el respeto al libre desarrollo de la personalidad, es decir, defender el derecho de los consumidores de mariguana a consumirla frente a las leyes arcaicas que lo prohíben, en la mayoría de los casos, mediante sentencias de amparo que solo benefician a los promoventes.
Es decir, si un fumador conseguía una sentencia favorable, podría seguir consumiendo, sin que esto significara una legalización general o aplicable a terceros.
Pero, si la Suprema Corte ha denominado como inconstitucional la prohibición del consumo de cannabis ¿por qué no es legal?
La respuesta es simple, para legalizar el consumo de una sustancia, en especial una previamente prohibida, necesita regularse, lo cual es tarea del Poder Legislativo Federal y sus dos Cámaras constituyentes, el Senado y la Cámara de Diputados.
¡Oh sorpresa! Al ser un tema en el cual no solo se consideran las afectaciones de salud, sino que pesan las cuestiones morales, puntos de vista sociales, y a su vez recordemos que se trata de una arena política, en medio del primer sexenio liderado por la izquierda, las Cámaras no se han puesto de acuerdo para formular la legislación que regulará el consumo de la mariguana, así como las actividades que se puedan realizar con ella.
Así que por el momento, estábamos en un limbo jurídico, en el cual la Corte iba en contra de los preceptos penalizadores de la mariguana, pero a su vez, no existe legislación que supla dichos preceptos.
De lo anterior nace el antiguo procedimiento para conseguir el amparo, el cual era el siguiente:
Presentar una solicitud ante la COFEPRIS, en la cual se pide la autorización para el uso lúdico y personal de la mariguana, recordando que al no haber una ley que ampare dicho supuesto, así como se continuaba penalizando el uso, la COFEPRIS estaba imposibilitada para otorgar dichos permisos, por lo cual siempre se obtendría una respuesta negativa, o bien; un silencio administrativo.
Tras dicha respuesta negativa o falta de respuesta, se promovía un Juicio de Amparo, el cual obligaría a la COFEPRIS a contestar o justificar la negatividad de su respuesta.
Una vez sucedido lo anterior, la demanda de amparo se ampliaba y se atacaba directamente a los preceptos utilizados por la COFEPRIS para negar la autorización.
En manos del Poder Judicial y sus criterios, lo más probable era conseguir la sentencia de amparo y con eso, la no aplicación de los preceptos que penalizan el consumo o posesión de la mariguana sobre la persona promovente, es decir, es “legal” para tí.
Si bien lo anterior al menos representaba una vía para lograr el consumo sin ser sancionado, es evidente que era un procedimiento muy largo, con un margen de error, así como algo difícil de explicar en caso de ser cuestionado por alguna autoridad, ya ven que nuestros policías son expertos en tratar bien a la ciudadanía, así como ilustres juristas.
De igual manera, el procedimiento podía verse como discriminatorio, al solo ser accesible para personas que pudieran pagar asistencia legal.
Sin embargo, tras la declaratoria de inconstitucionalidad de los artículos que penalizan el uso de la mariguana, la COFEPRIS no tiene ninguna limitante para otorgar las autorizaciones.
Es decir, en el paso 1 de la lista anterior, es posible que la COFEPRIS simplemente te de el “si” a tus pretensiones de comerte unos brownies mágicos.
¿Esto quiere decir que con solo ir a presentar mi escrito ante la COFEPRIS voy a poder juntarme con los skatos de la macroplaza?
Pues no, como mencioné anteriormente, necesitas esperar a tener la autorización de la COFEPRIS, la cual necesita cumplir con algunos requisitos, como ser mayor de edad, consumir en lugares que no sean públicos, no frente a menores de edad, y evidentemente, no permitirá la comercialización de dichos productos.
Si bien, estoy seguro que la gran mayoría de las solicitudes serán positivas, ya que a la misma COFEPRIS le cuesta negarlas e irse a pelear a los Juzgados, es muy pronto aún para hacer un diagnóstico de cómo actuarán las autoridades con esta nueva realidad jurídica.
Entonces sí, mientras las Cámaras no emitan las leyes que regulen al pasto del diablo, y el Presidente no las promulgue, seguiremos estando en ese limbo, cada vez más libre y prometedor, pero aún existente.
No es legal, pero casi, ya falta poco.
Por mientras, si la declaratoria de inconstitucionalidad tiene los efectos esperados, tú podrías acudir ante COFEPRIS y en aproximadamente un mes (si la burocracia lo permite), poder echarte un gallito dentro de tu casa, festejando como si no lo hubieras hecho ya, pero esta vez, con permiso de papá Estado.
En lo que son peras o son manzanas, recuerda lo siguiente:
No, no puedes consumir mariguana en lugares públicos.
No compartes desinformación sobre el estatus legal de la sustancia.
No es tan legal como quisieras, aún.
COFEPRIS es tu amigo, al menos así parece.
Poseer menos de cinco gramos no es, ni era, considerado como delito o falta administrativa.