Es muy común ver en la práctica muchas confusiones en lo que al arrendamiento se trata, muchas veces ni contrato se firma y si bien te va, se firman contratos sin entenderlos en su totalidad o incluso sin leerlos.
Empecemos por saber exactamente qué es el arrendamiento, pues es uno de los contratos más comunes en el día a día y son de esas broncas que terminan siendo un dolor de cabeza para todos, digo, quien no ha tenido problemas con sus renteros o inquilinos.
El contrato de arrendamiento se trata de un acuerdo en el cual una parte concede el uso y goce de una cosa por un tiempo determinado y la otra se obliga a pagar por ese uso o goce un precio cierto, en otras palabras, el dueño entrega la posesión de una cosa a cambio de un precio anteriormente pactado, conservando en todo momento la propiedad, pero sin derecho a hacer uso de la cosa pues ese derecho lo está pagando el arrendatario.
Se le llama arrendador al dueño o titular de la cosa y arrendatario al que paga para usarlo, quien tiene obligación de devolver la cosa al término del contrato. Y ojo, una vez que termine el contrato no significa que “ya no hay contrato” pues mientras se siga cumpliendo las condiciones del contrato, este sigue vigente.
Ahora, es muy común que tu compadre te pida que seas fiador u obligado solidario de su arrendamiento, pero ¿que conlleva esta responsabilidad?
La diferencia radica en que el fiador se obliga a pagar en caso de que el arrendatario (deudor) no lo haga y el obligado solidario tiene la misma responsabilidad hacia con el pago que el deudor, ósea, al fiador se le cobra después de que el deudor no pague y al obligado solidario se le puede cobrar en cualquier momento.
Para los contratos de arrendamiento hay dos errores muy comunes, el primero es usar la figura de aval pues este está regulado por la ley mercantil y no por la ley civil como a los fiadores, obligados solidarios y el propio arrendamiento. Es como querer ponerle aceite de oliva al coche, si es aceite, pero no para vehículos.
El segundo gran error es el uso de contratos machotes, las leyes y alcances con respecto al arrendamiento pueden llegar desde incumplimientos de pago hasta verse involucrado en actividades delictivas dentro del inmueble y para estos supuestos, seas arrendador o arrendatario vale la pena contar con un buen contrato actualizado a las leyes del momento de la firma.
Por último y como tip extra, al tratarse de arrendamientos importantes ya sea tu vivienda, negocio o patrimonio, es muy recomendable firmar el contrato ante notario, esto dará una seguridad para ambas partes en el caso de cualquier conflicto, son dos mil quinientos pesos (aproximadamente) que funcionan como un fast pass de six flags pero para los juzgados competentes. Tu yo del futuro te lo agradecerá.